La conciliación en equidad es un mecanismo auto compositivo de resolución de conflictos, en el cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero calificado, denominado conciliador, aplicando principios de justicia comunitaria dentro de los límites establecidos por la ley.

¿Por qué la CE es un mecanismo para generar acceso efectivo a la administración de justicia?

La CE es un modo de garantizar el acceso a la justicia en territorios en los cuales es desgastante y costoso acudir a la justicia ordinaria (por cuestiones de transporte, horarios, duración del proceso, desconocimiento e incomprensión de los procesos por parte de la ciudadanía, etc.). Al habitar en el territorio, los conciliadores en equidad son de fácil acceso a los ciudadanos y ciudadanas, el hecho de que conocen las normas sociales del lugar y hacen parte de la comunidad facilita el desarrollo de esta herramienta.

¿Por qué la CE permite el fortalecimiento de las comunidades y sus procesos? 

Al ser un método autocompositivo 2 de resolución de conflictos, la conciliación en equidad contribuye de un modo importante a la construcción de convivencia pacífica en la medida que promueve la autonomía de la ciudadanía para atender sus conflictos, además de facilitar acciones pedagógicas para que las comunidades entiendan y sepan que hacer frente a los conflictos.

¿Por qué la CE fortalece la capacidad institucional de la rama judicial del municipio?

La conciliación en equidad se puede convertir en el eje sobre el cual gira la atención e intervención de conflictos en la ruralidad, en los municipios donde existan sistemas locales de justicia o estrategias de acceso local a la justicia pueden ser un elemento integrador, en tanto que corresponde con una respuesta oportuna y un referente de soporte a otras autoridades e instancias de administración de justicia. Existen múltiples ejemplos en los que la conciliación en equidad puede ser un aliado indispensable en la conflictividad local y su tratamiento. Por ejemplo, se puede pensar en un caso relacionado con tierras en el que un conciliador en equidad que vive en la vereda puede escuchar a las partes de primera mano y apoyar para que, a través de su intervención, se acerquen a la vereda otras autoridades que pueden apoyar a los implicados a determinar lo que es justo en cada caso. Mientras que, si solo se tiene como referente la justicia ordinaria, pueden pasar más probablemente dos caminos, el “dejar así” o el escalamiento de la violencia ante la imposibilidad de lograr acuerdo entre las partes. Hay casos en los que por ejemplo un asunto ha recorrido todas las autoridades institucionales y lleve años en los procedimientos y a través de un conciliador se pueda detener esta situación y conciliar.
 

Tomado de: https://www.minjusticia.gov.co/portals/0/mrc/assets/3-4-1-guia-para-la-implementacion.pdf